Condiciones generales

Estos términos y condiciones (el «CONTRATO DE EDITOR») regula su participación como miembro (el «Editor») del programa de publicidad (el «Programa»). El Editor acuerda y acepta regirse por este Contrato y los calendarios adjuntos, según las modificaciones realizadas por Be Web SA (el «Representante») periódicamente.

Aviso importante: para comodidad de los Afiliados, las presentes condiciones generales se han traducido del francés al italiano, inglés, español, portugués y alemán. En caso de albergar dudas acerca de la interpretación de las cláusulas que aparecen en las condiciones generales de uso, prevalecerá la interpretación de la versión francesa sobre todas las demás. Las traducciones las ha realizado una agencia independiente y las han revisado y corregido posteriormente nativos de cada idioma. Sin embargo, Be Web SA no se hace responsable en caso de que una traducción aproximada pueda afectar al significado o la comprensión de las cláusulas de alguna de las versiones traducidas de estas condiciones generales de uso.

PREÁMBULO

El propósito de este contrato es poner en marcha y gestionar un programa de publicidad (el «Programa») para monetizar el tráfico desde páginas web independientes. El programa consiste en integrar anuncios en páginas web o en correos electrónicos a través de bases de datos opt-in para correos electrónicos, propiedad de terceros independientes que desean monetizar su audiencia, formada por los usuarios de Internet que visitan su/s página/s web o sus correos electrónicos (en adelante, los «Editores»). Los mencionados anuncios (en adelante, «Anuncios») redirigen a los usuarios de Internet a páginas web independientes de terceros que desean promocionar su/s producto/s o servicio/s (en adelante, los «Anunciantes») en Internet. El valor añadido del Programa se basa, sobre todo, en la selección de los Anunciantes que participan en él, la creación de los Anuncios dentro del Programa y la optimización de la elección de Anuncios ofrecidos a los usuarios que visitan la página web del Editor. El Editor se puso en contacto con el Representante para poder beneficiarse de los Programas que ofrece este último. Ambas partes llegaron así a un acuerdo con el propósito de colaborar, según las condiciones que se describen a continuación. Como resultado, se ha acordado y decidido lo siguiente:

PRELIMINARES: ARTÍCULO DE DEFINICIONES

  • Compra directa: Compra a un Anunciante por parte de un usuario de Internet dirigido a las páginas web del Anunciante a través de un Anuncio publicado por el Editor.
  • Compra indirecta: Compra realizada por un usuario de Internet inicialmente dirigido por los Anuncios publicados por el Editor en las páginas web del Anunciante, después de un recordatorio enviado al usuario de Internet por parte de la Agencia de Publicidad.
  • Agencia de Publicidad: Entidad jurídica responsable de la gestión correcta del Programa, la selección de los Anunciantes y de poner a disposición del Editor las Campañas a través de una Cuenta de Editor.
  • Anuncio: Banner, texto u otra operación de marketing con la intención de promover las Campañas publicitarias.
  • Anunciante: Persona física o jurídica que publica servicios, contenido o que vende productos, que ha firmado un contrato con la Agencia de Publicidad para ofrecer una campaña publicitaria en forma de Anuncios.
  • Campaña: Programa publicitario cuyas ganancias se calculan en base al coste por adquisición (cost per acquisition, CPA), coste por lead (cost per lead, CPL), coste por instalación (cost per install, CPI), coste por clic (cost per click, CPC) o coste por mil visitas (cost per thousand views, CPM), dependiendo de la opción que elija el anunciante.
  • Cuenta de Editor: Interfaz en línea en la Plataforma de la Agencia de Publicidad, que se beneficia de los servicios de Has Offers, mejorada con algunas funciones y mantenida por la Agencia de Publicidad, que permite que el Editor, mediante un usuario y una contraseña, acceda a todos los datos estadísticos relacionados con su afiliación al Programa, y pueda beneficiarse de los Anuncios.
  • Cookie: Un archivo de texto que se sitúa en el disco duro del dispositivo del usuario de Internet cuando visita una página web. Recopila datos relacionados con la navegación por Internet que realiza el usuario para poder personalizar su experiencia de usuario.
  • Editor: Editor de servicios o contenidos, una persona física o jurídica que se ha suscrito al Programa para publicar una Campaña.
  • Enlace o hiperenlace: Etiquetas de código incrustadas en el texto, vídeo, imagen o audio de una página web que permiten que el usuario de Internet que hace clic en el mencionado texto, vídeo, imagen o vídeo sea redirigido a una dirección web predeterminada.
  • Representante: Entidad jurídica autorizada por el Editor para representarle con la Agencia de Publicidad y gestionar las relaciones administrativas, jurídicas y financieras en su nombre.
  • Nombre de dominio: Dirección introducida por un usuario de Internet para acceder a una página web (p. ej., google.com). La dirección consiste en el nombre del sitio (google) y una extensión (com), separados por un punto. La extensión puede indicar la nacionalidad (sg, hk, cn, etc.) o el tipo de actividad (com, gov, entre otros).
  • Spam: Proceso ilegal que consiste en enviar publicidad no solicitada, generalmente, por correo electrónico. Para que sea legal, el material publicitario que se envía a un usuario de Internet debe haber sido solicitado por el usuario a través de un proceso conocido como «opt-in», en que el usuario de Internet explicita que desea recibir información específica.
  • Etiqueta: Código de tipo técnico o JavaScript que permite que los Anuncios se muestren en una página web.
  • Seguimiento: Un proceso que consiste en monitorizar el patrón y el comportamiento de un usuario de Internet, que puede realizarse particularmente mediante el uso de Cookies.

ARTÍCULO 1: PROPÓSITO DEL CONTRATO

El propósito de este contrato es definir los términos de la relación contractual entre el Representante y el Editor, por el cual:

1.1 El Editor acepta unirse al Programa y así promover las Campañas del Anunciante (en adelante, los «Productos») que se le ofrezcan publicando los Anuncios, según las condiciones que se describen a continuación. Para los propósitos de este contrato, los usuarios de Internet dirigidos por los Anunciantes al Editor, y solo estos, serán denominados en adelante los «Usuarios de Internet».
1.2 El Representante se compromete a pagar al Editor de acuerdo con la cantidad o el rendimiento de los Anuncios publicados, según las condiciones que se describen a continuación.

ARTÍCULO 2: PROCEDIMIENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO

Previo a la celebración de este contrato, el Editor expone lo siguiente:

- que dispone de plena capacidad jurídica para celebrar y ejecutar este contrato. En particular, el Editor como persona física declara ser mayor de edad y tener plena capacidad; el representante del Editor como persona jurídica declara ser mayor de edad y tener plena capacidad, y estar debidamente autorizado para el propósito de la celebración de este contrato;
- que no contravienen las disposiciones legislativas relacionadas con el ejercicio de una actividad profesional.

Es responsabilidad del Editor descargarse este contrato, completarlo honestamente y, si procede, aceptar el contenido mediante un doble clic. Esta aceptación inicial permitirá que este contrato entre en vigor. Sin embargo, no se hará ningún pago antes de recibir, por parte del Representante, por correo postal, dos copias de este contrato debidamente fechadas, con sus iniciales y su firma, acompañadas de una prueba de identidad del firmante y, si procede, una prueba de su capacidad de actuar como representante del Editor como entidad jurídica (extracto del Registro Mercantil correspondiente o copia de mandato). Si el Editor no cumpliera con estas condiciones, las comisiones que excedan el límite indicado anteriormente serán bloqueadas en la Cuenta de Editor hasta la recepción de este contrato, según las condiciones especificadas con anterioridad.

ARTÍCULO 3: APERTURA Y ACTUALIZACIÓN DE LA CUENTA DE EDITOR

3.1 En el momento de la entrada en vigor de este contrato, la Agencia de Publicidad deberá abrir, en la plataforma de gestión del Programa, una Cuenta de Editor en nombre del Editor y deberá informarle, por correo electrónico, del nombre de usuario y la contraseña.
3.2 Las Cuentas de Editor son individuales y únicas. Por ello, cada Editor podrá tener solamente una única Cuenta de Editor. En el supuesto de que se produjera cualquier acción fraudulenta relacionada con este ARTÍCULO 3.2, el Editor perderá todos los beneficios obtenidos por las sucesivas afiliaciones al Programa y acreditados en la/s Cuenta/s de Editor abierta/s tras sucesivas afiliaciones.
3.3 El nombre de usuario y la contraseña son estrictamente personales y confidenciales. Si se pierden o los roban, es responsabilidad del Editor informar a la Agencia de Publicidad lo más rápidamente posible. Si no se realiza esta declaración de pérdida o robo, cualquier uso que se haga del nombre de usuario y contraseña se considerará que lo ha realizado el Editor.
3.4 El Editor acepta actualizar toda la información requerida en la Cuenta de Editor. En concreto, el Editor se compromete a proporcionar y actualizar la información relacionada con sus números de teléfono, domicilio o dirección fiscal, correos electrónicos y nombre del dominio de las páginas web, que estén relacionados con el Programa. Si fuera necesario, el Editor se compromete a proporcionar y actualizar la información relacionada con sus direcciones de mensajería instantánea (Telegram, Skype, entre otros).
3.5 El Editor se compromete a cargar en su Cuenta de Editor una copia digital de su pasaporte, la información de su cuenta bancaria y, si procede, una copia de su inscripción en el Registro Mercantil o cualquier otro documento que pruebe su registro en la oficina de registro de empresas correspondiente, o cualquier otro registro similar. Las copias de estos documentos deben actualizarse en la Cuenta de Editor cuando finalice su validez o si se modifica una parte o toda la información que contienen.

ARTÍCULO 4: PROCEDIMIENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA

4.1 Según decida el Editor, los Anuncios publicados para asegurar la promoción de los Anunciantes pueden publicarse directamente en una o más páginas web publicadas y desarrolladas por el Editor, o se pueden publicar en una o más páginas web publicadas y desarrolladas por un tercero como parte de un acuerdo entre el tercero y el Editor (compra de tráfico, compra publicitaria, afiliación, etc.). Para los propósitos de este contrato, todas las páginas web en las que el Editor va a asegurar la promoción de los Anunciantes, se denominarán las «Páginas Web».
4.2 Es responsabilidad del Editor identificar el espacio en las Páginas Web que tiene la intención de dedicar a los Anuncios e informar a la Agencia de Publicidad de las dimensiones y limitaciones relacionadas con este espacio, según las condiciones especificadas en el ARTÍCULO 8 de más abajo.
4.3 Los Anuncios deben contener el identificador único proporcionado por la Agencia de Publicidad. Este identificador permitirá que la Agencia de Publicidad haga un seguimiento del comportamiento del Usuario de Internet y pueda así actualizar las estadísticas disponibles en la Cuenta de Editor. Si el enlace no contiene este identificador, el Editor no podrá reclamar ninguna comisión. Por derogación, en el caso de que el Usuario de Internet haya deshabilitado JavaScript de su configuración de navegador y en el caso de que el Anuncio requiera la transmisión de un código JavaScript para un registro correcto de la venta, las acciones de los usuarios de Internet a través de los Anuncios que funcionan con código JavaScript no podrán, en ningún caso, dar lugar al pago de ninguna comisión.

ARTÍCULO 5: PROMOCIÓN DE ANUNCIANTES Y USO DE DATOS DE USUARIOS DE INTERNET

5.1 El Editor asegura la promoción de los Anunciantes por cualquier medio legal que considere útil. En concreto, se incita a que el Editor publique banners publicitarios para integrar medidas publicitarias y para hacer que los Productos destaquen.
5.2 El Editor se compromete a no usar datos relativos a los Usuarios de Internet y en concreto las direcciones de correo electrónico de los Usuarios de Internet recopiladas durante la promoción de los Anunciantes. En concreto, de acuerdo con la ley y con el ARTÍCULO 13 de este contrato, el Editor se compromete a no usar la información de contacto de los Usuarios de Internet para enviar spam, aunque este spam se envíe para promocionar a la Agencia de Publicidad, los Anunciantes u otros terceros.
5.3 La Agencia de Publicidad reconoce el derecho del Editor a abandonar la promoción de los Anunciantes por esta causa.

ARTÍCULO 6: MATERIAL PUBLICITARIO

6.1 La Agencia de Publicidad deberá suministrar al Editor el material publicitario destinado a optimizar la promoción de los Anunciantes y les instará a usar este material. Este material publicitario es conservado por la Agencia de Publicidad. Las etiquetas necesarias para el uso y la publicación del material publicitario deberán descargarse de la Cuenta de Editor. La Agencia de Publicidad está de acuerdo en que el Editor tiene derecho a no usar este material publicitario.
6.2 En ninguna circunstancia, el Editor puede usar el material promocional proporcionado por la Agencia de Publicidad, incluso después de haberlo modificado, para otros propósitos que no sean la promoción de los Anunciantes a través del Programa.

ARTÍCULO 7: PROMOCIÓN DEL PROGRAMA

7.1 El Editor otorga a la Agencia de Publicidad una licencia gratuita y no exclusiva para el uso de cualquier elemento distintivo de su propiedad o que pertenezca a las Páginas Web (marca, nombre de dominio, nombre de empresa, logotipo, etc.) en cualquier documento para la promoción o presentación del Programa, la Agencia de Publicidad, o cualquier producto, servicio o software desarrollado por la Agencia de Publicidad o en el que la Agencia de Publicidad tenga un interés, y en particular, en cualquier presentación, medio de marketing, informe financiero y listado de clientes que pueda elaborar la Agencia de Publicidad.
7.2 La mencionada licencia se otorga sin ninguna restricción geográfica mientras dure el presente contrato y en los cinco (5) años siguientes a la finalización de las relaciones contractuales entre las partes.

ARTÍCULO 8: ELECCIÓN DE ANUNCIANTES

8.1 Es responsabilidad del Editor excluir, mediante su Cuenta de Editor, cualquier categoría de Anuncios o Anunciantes que no deseen promover, según las oportunidades ofrecidas por la Agencia de Publicidad.
8.2 El Editor se compromete a excluir cualquier categoría de Anuncios cuyo contenido sea contrario a la legislación y reglamentación vigentes de su país de residencia o países cuyo idioma oficial es el que se usa en la Página Web. De la misma forma, el Editor se compromete a excluir cualquier categoría de Anunciantes cuyos productos o servicios podrían ser contrarios a la legislación y reglamentación en vigor en su país de residencia o países cuyo idioma oficial es el que se usa en la Página Web.
8.3 Excepto en las circunstancias contempladas en los Artículos 8.1 y 8.2, es responsabilidad de la Agencia de Publicidad y no del Editor determinar los anuncios que deben publicarse en las Páginas Web y la página del Anunciante a la que se debe dirigir al Usuario de Internet. Esta redirección del Usuario de Internet deberá realizarla automáticamente la Agencia de Publicidad.

ARTÍCULO 9: MÉTODOS DE CÁLCULOS DE LAS COMISIONES

9.1 La Agencia de Publicidad no garantiza ningún importe mínimo de comisión para el Editor.
9.2 Sujeto a la validación de la compra por parte del Anunciante correspondiente, cada Compra Directa o Indirecta de un Producto de un Anunciante por parte del Usuario de Internet, generará una comisión para el Editor. El importe de las comisiones que se pagarán al Editor se determinará cada mes a discreción de la Agencia de Publicidad, dependiendo de la cantidad y el tipo de compras de Producto directas o indirectas realizadas por los Usuarios de Internet, o según la cantidad de Anuncios publicados.
9.3 La Agencia de Publicidad se reserva el derecho de modificar, eliminar o añadir cualquier oferta comercial, según sus propios criterios. En particular, la Agencia de Publicidad, se reserva el derecho de excluir o substituir cualquier Anunciante o Campaña.
9.4 El Editor reconoce que ha sido informado del riesgo de incumplimiento de pago por parte de los Usuarios de Internet (oposición, entre otros.). En el caso de que sea imposible para el Anunciante recuperar el dinero que le debe el Usuario de Internet tras la compra de uno o más Productos, las comisiones que han sido pagadas relacionadas con dichos Productos no cobrados se deducirán de las comisiones actuales y futuras que se deban al Editor. Esta condición también se aplicará si se demuestra que es imposible para la Agencia de Publicidad recuperar los importes debidos por los Anunciantes respecto a la compra realizada por el Usuario de Internet de uno o más Productos.
En el caso de que quedara algún resto, se reconocerá que el Editor debe al Representante la suma pendiente de deducir.
9.5 Esta información y estas estadísticas las calcula la Agencia de Publicidad y la Cuenta de Editor se actualiza a diario. Según se indica en el ARTÍCULO 22, el Editor se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información comunicada mediante la Cuenta de Editor con la excepción del importe exacto y total de las comisiones mensuales.
9.6 Las cifras indicadas en la Cuenta de Editor se calculan automáticamente y no se podrán impugnar. Cualquier desacuerdo relacionado con el importe de las comisiones debidas debe ser comunicado por escrito al Representante en un plazo máximo de treinta (30) días después de la publicación en la Cuenta de Editor del importe de la comisión con la que no se está de acuerdo. Al finalizar este plazo de treinta (30) días, se considerará que el Editor acepta sin reservas el importe de las comisiones publicadas en la Cuenta de Editor.

ARTÍCULO 10: CONDICIONES DE PAGO

10.1 Es responsabilidad del Editor solicitar al Representante el pago de las comisiones que se le deben. Esta solicitud de pago deberá realizarse mediante las herramientas disponibles en la Cuenta de Editor. En ningún caso, se registrará y aún menos se realizará un pago de comisiones por un importe inferior a quinientos (500) euros.
10.2 Al registrar la solicitud de pago, se generará automáticamente una factura, correspondiente al importe de las comisiones debidas en la fecha de la solicitud por parte del Representante, y esta factura se enviará al Editor o estará disponible en la Cuenta de Editor.
10.3 El pago correspondiente al importe de las comisiones debidas indicado en la factura se realizará en los treinta (30) días siguientes a la fecha de recepción de la factura del Editor. Si el día de pago, según este contrato, es un día no laborable, el pago se pospondrá hasta el primer día laborable siguiente. En caso de impago o pago atrasado por parte de la Agencia de Publicidad o del Anunciante, el Representante podrá retardar el pago al Editor hasta que el Representante haya recibido el importe por parte de la Agencia de Publicidad.
10.4 El Editor puede elegir que le paguen las comisiones mediante transferencia bancaria, monedero electrónico y otras formas de pago disponibles en su país de residencia y propuestas en la página de pagos de la Cuenta de Editor de la Agencia de Publicidad. Los costes derivados de los pagos, incluyendo las comisiones para el cambio de divisas, los cargos de intervención o los gastos por transferencia internacional irán a cuenta del Editor. El Editor deberá informar al Representante de su elección de método de pago como muy tarde en el momento de enviar la solicitud de pago.
10.5 Es responsabilidad del Editor actualizar la información relacionada con las condiciones de pago en la Cuenta de Editor.
10.6 En ninguna circunstancia será responsabilidad del Representante si se produce cualquier fallo debido a que el Editor no ha realizado dicha actualización. Por ello, los importes transferidos por el Representante al banco o cualquier cuenta perteneciente a un tercero debidos a una información errónea o un fallo a la hora de actualizar la información bancaria o de contacto por parte del Editor, se considerarán perdidos para el Editor. Además, cualquier coste en el que incurra el Representante en relación con un pago incorrecto debido a un error u omisión por parte del Editor en su información bancaria y personal se deducirá de las comisiones debidas al Editor correspondiente. Cualquier desacuerdo relacionado con un pago debido debe comunicarse por escrito al Representante con un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la fecha del pago con el que no se está de acuerdo. A la finalización de este plazo de treinta (30) días se considerará que el pago realizado por el Representante ha sido aceptado por el Editor.
10.7 En cualquier caso, el Editor perderá definitivamente cualquier comisión que no haya reclamado en un periodo de dieciocho (18) meses.

ARTÍCULO 11: FIANZA

11.1 Si la Agencia de Publicidad se percatara de una o varias anomalías relacionadas con el pago por parte de los Usuarios de Internet o los Anunciantes de los Productos comprados por los Usuarios de Internet, en particular en el caso de que el porcentaje de impagos a un Anunciante sea anormalmente alto, el Agente podrá pedir una fianza por el importe que determine, según le convenga, y de acuerdo con los riesgos identificados. Asimismo, el Representante puede pedir una fianza en el caso de que observe una o más anomalías en el comportamiento del Editor, particularmente, en el caso de que la información requerida en la Cuenta de Editor sea considerada incompleta o incorrecta. El Representante podrá interpretar a su discreción el tipo de anomalía que haya percibido. Sin embargo, el Representante puede no recurrir a la fianza si antes avisa por correo electrónico al Editor.
11.2 La fianza mencionada puede usarse principalmente para garantizar la deducción de las comisiones pagadas o registradas por Productos que finalmente los Usuarios de Internet o los Anunciantes no pagaron, como señala el ARTÍCULO 9 de este contrato. El depósito será retenido por parte del Representante durante quince (15) meses. Al finalizar este plazo, el importe del depósito, sin las comisiones abonadas previamente por comprar de Productos no cobrados, se abonará de nuevo a la Cuenta de Editor.
11.3 En las circunstancias excepcionales y en el caso de que el Editor no cumpliera con alguno de sus deberes (obligaciones contractuales o jurídicas, entre otras), el Representante retendrá permanentemente todos los depósitos restantes como compensación. En cualquier caso, la retención de este depósito no impide que el Representante tome acciones contra el Editor por responsabilidad contractual.

ARTÍCULO 12: OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE

En todas las circunstancias, para la ejecución de este contrato, el Representante tiene una obligación de medios.

Obligaciones del Representante respecto a los Anuncios
12.1 El Representante se compromete a definir los detalles de su relación con las diversas Agencias de Publicidad en uno o varios documento/s contractual/es.
12.2 El Representante se compromete a incluir una cláusula en su relación contractual con las Agencias de Publicidad, que indique que estas deberán mostrar los términos y condiciones vigentes de los diferentes Productos disponibles antes de establecer algún compromiso con el Usuario de Internet.
12.3 El Representante no será responsable de ningún fallo por parte de uno o más servidores en los que se hayan publicado los Anuncios.

Obligaciones del Representante respecto a su relación con el Editor
12.4 El Representante se compromete a asegurar que la Agencia de Publicidad proporcionará al Editor los materiales promocionales necesarios para la promoción de los Anunciantes, según describe el ARTÍCULO 6 de este contrato, tan pronto como sea posible después de la fecha de entrada en vigor de este contrato. Si procede, la Agencia de Publicidad se compromete a proporcionar, junto con el material promocional, los avisos legales aplicables o los logotipos relacionados con los derechos de la propiedad intelectual.
12.5 El Representante se compromete a asegurar que la Agencia de Publicidad pondrá a disposición del Editor una Cuenta de Editor, como se describe en el ARTÍCULO 3 de este contrato. El Representante no será responsable si la Cuenta de Editor falla o está temporalmente no disponible. En el caso de que este fallo o no disponibilidad se prolonguen más de veinticuatro (24) horas, la Agencia de publicidad se compromete a notificarlo al Editor por correo electrónico y a desplegar todos los medios necesarios para recuperar el funcionamiento normal de la Cuenta de Editor.
12.6 El Representante se compromete a pagar al Editor, según las condiciones y los límites establecidos en los Artículos 9 y 10 de este acuerdo.

ARTÍCULO 13: OBLIGACIONES DEL EDITOR

Obligaciones del Editor respecto a las Páginas Web
13.1 El Editor se compromete a promocionar a los Anunciantes por todos los medios legales y autorizados en este contrato. El Editor se compromete a no promocionar Anunciantes en Páginas Web con contenidos ilegales y en especial el Editor se compromete a no promocionar a Anunciantes en Páginas Web con contenidos difamatorios, ofensivos, racistas, homófobos, antisemitas, xenófobos, de pedofilia, zoofilia, que animen al público a cometer un crimen, un delito o una infracción, que puedan afectar negativamente al honor, reputación, dignidad, derechos a la propia imagen o a la privacidad de otras personas, que sean contrarios al orden público, a la legislación sobre propiedad intelectual, anuncios y derechos de los consumidores. Asimismo, el Editor se compromete a no publicar ningún material promocional proporcionado por la Agencia de Publicidad, tal como es o modificado, en Páginas Web con contenidos ilegales, según se han definido anteriormente.
13.2 El Editor se compromete a instalar las etiquetas denominadas RTA o cualquier otro medio de reconocimiento de contenidos de la página web por parte del software de control parental, en la/s Página/s Web, o a hacer todo lo que pueda para asegurar que estas etiquetas se instalen.

Obligación del Editor respecto a la promoción de los Anunciantes
13.3 El Editor se compromete a no proporcionar informaciones falsas a los Usuarios de Internet relacionadas con los Productos y las condiciones de venta aplicables ni tampoco comentarios engañosos o difamatorios relacionados con los Productos, los Anunciantes, la Agencia de Publicidad, el Representante o el funcionamiento del Programa. En particular, el Editor se compromete a no asociar a los Anunciantes, la Agencia de Publicidad o al Agente con ningún contenido ilegal, según se definen en la sección 13.1 de este contrato.
13.4 De la misma forma, el Editor se compromete a no adoptar ningún comportamiento que pueda crear dudas entre el público y los Usuarios de Internet sobre la legalidad del contenido de los Anuncios de los Productos y las condiciones de venta aplicables. El Editor se compromete a no utilizar spam.
13.5 El Editor se compromete a no causar ningún daño a la ejecución del presente contracto, especialmente, informando a los Anunciantes y Usuarios de Internet que sabe que no es fiable. El Editor se compromete a no interferir en la ejecución del presente contrato usando de forma fraudulenta tarjetas bancarias falsas o robadas para realizar suscripciones o para permitir que un tercero realice suscripciones usando tarjetas bancarias que sabe que son falsas o robadas.
13.6 El Editor se compromete a no incluir, a no ser que se lo haya autorizado por escrito y con antelación la Agencia de Publicidad, las siguientes operaciones en el cálculo de las Comisiones:
- cualquier acción (compra, lead, clic o publicación) que no haya llevado a cabo una persona con su consentimiento libre y espontáneo. En concreto, se prohíbe cualquier acción llevada a cabo por un robot, programa o cualquier otro proceso parcialmente automatizado;
- cualquier acción (compra, lead, clic o publicación) llevada a cabo por un Usuario de Internet a cambio de una compensación, tanto si es monetaria como no. Concretamente, esto incluye, pero no se limita a intercambios por accesos a contenido, participación en una competición, envío de un texto o un mensaje, recompensa en forma de dinero o vales;
- cualquier acción (compra, lead, clic o publicación) llevada a cabo utilizando un Enlace modificado o un Enlace situado en una página web no declarada por el Editor;
- y, en general, cualquier acción destinada a obtener comisiones de forma desleal respecto a los Anunciantes.
13.7 El Editor se compromete a no adoptar ningún comportamiento que pueda hacer que el público y los Usuarios de Internet confundan al Representante, la Agencia de Publicidad y el Editor.
13.8 El Editor se compromete a declarar a las autoridades competentes y dentro del periodo prescrito todos los ingresos que reciba en la ejecución del presente contrato.
13.9 En general, el Editor se compromete a respetar toda la legislación y la reglamentación correspondiente.

ARTÍCULO 14: RESPONSABILIDAD: GARANTÍAS

Responsabilidad y garantías relativas a la Agencia de Publicidad
14.1 La Agencia de Publicidad garantiza al Editor que tiene todas las autorizaciones y derechos necesarios para la publicación del material publicitario que pondrá a disposición del Editor. Consecuentemente, la Agencia de Publicidad declara que acepta ser totalmente responsable del material publicitario que pone a disposición del Editor y declara darle una garantía al Editor respecto a cualquier acción tomada por parte de un tercero relacionada con cualquier infracción de los derechos de la propiedad intelectual o con cualquier violación de las leyes y reglamentos vigentes, incluyendo difamación, protección de menores, información sobre violencia, xenofobia o racismo que puedan estar relacionados con el material que ha puesto a disposición del Editor.
14.2 En el caso de que el Editor deba responsabilizarse por uno de los casos referidos en la cláusula 14.1 de este artículo y siempre que el Editor informe a la Agencia de Publicidad enviándole un mensaje de correo electrónico en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas o una carta registrada con acuse de recibo, la Agencia de Publicidad se compromete a intervenir voluntariamente en el proceso judicial, para asumir los costes de defensa del Editor y para dar garantías al Editor ante cualquier condena.
14.3 En ninguna circunstancia, la Agencia de Publicidad será responsable del contenido ofrecido en las páginas web de los Anunciantes.
14.4 En ninguna circunstancia, la Agencia de Publicidad será responsable de las soluciones de pago usadas por los Anunciantes.

Responsabilidad y garantías relativas al Editor
14.5 El Editor garantiza a la Agencia de Publicidad que tiene todas las autorizaciones y todos los derechos necesarios para el contenido que ofrece en las Páginas Web. En el caso de que se promocione a los Anunciantes en Páginas Web propiedad de un tercero mediante un acuerdo entre el tercero y el Editor, este último deberá hacerse responsable y dar una garantía sobre el contenido de las Páginas Web mencionadas. El Editor acepta toda la responsabilidad por el contenido disponible en todas las Páginas Web y presta su garantía ante la Agencia de Publicidad por cualquier acción por parte de un tercero relacionada con una infracción de los derechos de propiedad intelectual o de las leyes y reglamentos vigentes, especialmente en casos de difamación, protección de menores, violencia, xenofobia o racismo detectados en informaciones relacionadas con el contenido ofrecido en una o varias de las Páginas Web o en el material promocional creado o modificado por el Editor.
14.6 En el caso de que la Agencia de Publicidad deba responsabilizarse por uno de los casos referidos en la cláusula 14.5 de este artículo y siempre que la Agencia de Publicidad informe al Editor enviándole un mensaje de correo electrónico en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas o una carta registrada con acuse de recibo, el Editor se compromete a intervenir voluntariamente en el proceso judicial, para asumir los costes de defensa de la Agencia de Publicidad y para dar garantías a la Agencia de Publicidad ante cualquier condena.

ARTÍCULO 15: INTUITU PERSONAE

15.1 Desde el punto de vista del Editor, este contrato se celebra intuitu personae. Consecuentemente, este contrato solo puede ser asignado por parte del Editor a un tercero con el acuerdo tácito por escrito del Representante.
15.2 De la misma forma, el Editor debe aceptar con antelación la transferencia de este contrato por parte del Representante.

ARTÍCULO 16: DURACIÓN DEL CONTRATO

Este contrato se celebra durante un periodo de tiempo ilimitado.

ARTÍCULO 17: RESCISIÓN

17.1 Este contrato se puede rescindir en cualquier momento y sin ninguna causa por parte de una de las partes mediante el envío de un correo electrónico a la otra parte. La rescisión será efectiva en un periodo de quince (15) días tras el envío del correo electrónico solicitando la rescisión y hará que finalicen todas las obligaciones de las partes.
17.2 En caso de que el contrato se rescinda por el incumplimiento de las obligaciones incluidas en las condiciones de este contrato por una de las partes, la rescisión se hará efectiva inmediatamente después de haber enviado el correo electrónico de rescisión, donde se indicarán la/s obligación/es que se han incumplido.
17.3 Si fuera necesario, el Editor tiene un plazo de treinta (30) días desde la rescisión efectiva de este contrato para solicitar el pago del crédito de su Cuenta de Editor por parte del Representante bajo las condiciones descritas en el ARTÍCULO 10 de este contrato. Cuando proceda, el Representante abonará el crédito de la Cuenta de Editor al Editor en un plazo de treinta (30) días tras la rescisión del presente contrato. Antes de realizar ningún pago, el Representante deducirá una cifra fija de cincuenta (50) euros de la Cuenta de Editor para cubrir los cargos incurridos en la finalización de la cuenta.

ARTÍCULO 18: FUERZA MAYOR

18.1 Por acuerdo expreso entre las partes, se deben añadir a los casos reconocidos por la ley y la jurisprudencia como casos de fuerza mayor la avería o mal funcionamiento de los servidores que albergan los Anuncios o las Páginas Web de los Anunciantes, la no disponibilidad o mal funcionamiento de la Cuenta de Editor y el hecho de llevar a cabo las modificaciones requeridas por cualquier autoridad administrativa o judicial.
18.2 En caso de fuerza mayor, es responsabilidad de la parte incumplidora notificar el incumplimiento a la otra parte por correo electrónico tan pronto como le sea posible y deberá aludir razones de fuerza mayor e informar de la estimada duración de su incapacidad para cumplir con sus obligaciones. En el caso de que dicho incumplimiento exceda un periodo de veinticuatro (24) horas, la parte incumplidora deberá responder con sinceridad a las preguntas de la otra parte, que tendrán como objetivo determinar la extensión del impacto del incumplimiento y la posible solución que se debería adoptar. También es responsabilidad de la parte incumplidora notificar a la otra parte la finalización del evento de fuerza mayor y el retorno a la ejecución del contrato en condiciones normales.

ARTÍCULO 19: TOLERANCIA

El hecho de que una parte tolere el incumplimiento de la otra parte de sus obligaciones contractuales, independientemente de la duración o la frecuencia de la mencionada tolerancia, esto no significa, en ninguna circunstancia, que se produzca una alteración de los contenidos de este contrato y, en concreto, no reducirá las respectivas obligaciones de cada parte.

ARTÍCULO 20: INDEPENDENCIA DE LAS PARTES

20.1 Por la presente, las partes declaran que cada una actúa por su cuenta, en su propio nombre, por su propia responsabilidad y que son totalmente independientes la una de la otra. Así, ninguna de las partes tiene ningún poder sobre la otra.
20.2 Sin embargo, y en interés de este contrato, cada parte podrá solicitar asesoramiento o recomendaciones a la otra parte en relación con la organización de sus negocios. En ninguna circunstancia, el asesoramiento o las recomendaciones se considerarán obligatorios.
20.3 Asimismo, cada una de las partes del contrato declara ser completamente independiente respecto a los Anunciantes. En consecuencia, no existirá ningún tipo de garantía o solidaridad entre una de las partes de este contrato y cualquiera de los Anunciantes.

ARTÍCULO 21: CORRESPONDENCIA ENTRE LAS PARTES

21.1 Más allá de la solicitud de un documento oficial o similar proporcionado expresamente para este contrato, las comunicaciones y la correspondencia entre el Representante o la Agencia de Publicidad y el Editor deberán realizarse obligatoriamente por correo electrónico o por correo ordinario con acuse de recibo.
21.2 Los correos electrónicos al Editor deberán enviarse a la dirección que se indica en la Cuenta de Editor. Así, ni el Representante ni la Agencia de Publicidad serán responsables de cualquier falta por no haber informado al Editor una vez se haya enviado el correo electrónico a la dirección que se indica en la Cuenta de Editor.

ARTÍCULO 22: CONFIDENCIALIDAD

22.1. El Editor está de acuerdo en mantener la confidencialidad de toda la información, ya sea de tipo económico, técnico, entre otros, de cualquier documento relacionado con este contrato, incluidas las condiciones de este contrato. En particular, el Editor se compromete a mantener la confidencialidad de cualquier información enviada a través de la Cuenta de Editor excepto las comisiones mensuales exactas y totales, así como cualquier información de la que tenga conocimiento relacionada con la experiencia del Representante, la Agencia de Publicidad y los procedimientos operativos del programa. El Editor solamente podrá revelar alguno de estos elementos con la autorización expresa por escrito del Representante o si existe una solicitud expresa por escrito de una autoridad administrativa o judicial.
22.2 Esta obligación de confidencialidad será de aplicación mientras dure el contrato y durante un periodo de tres (3) años después de su anulación, cancelación o rescisión. En caso de no cumplir con este Artículo, el Editor puede ser requerido automáticamente a pagar una cantidad fija en concepto de daños y perjuicios igual a cinco mil (5000) euros en beneficio del Representante. En cualquier caso, el pago de estos daños fijos no impide que el Representante tome acciones contra el Editor por responsabilidad contractual.
22.3 El Editor autoriza al Representante y a la Agencia de Publicidad a usar cualquier información estadística relacionada con ellos en cualquier promoción o presentación del Programa, de la Compañía o de cualquier otro producto, servicio o programa desarrollado por el Representante, la Agencia de Publicidad, o en el que el Representante o la Agencia de Publicidad tengan un interés, y en particular, en cualquier documento, presentación, medio de marketing, informe financiero y listado de clientes.

ARTÍCULO 23: LEGISLACIÓN APLICABLE

Este contrato está sujeto a la legislación suiza en cuanto a la forma y el fondo.

ARTÍCULO 24: JURISDICCIÓN

24.1 En caso de desacuerdo, las partes se comprometen a intentar encontrar una solución amistosa.
24.2 En ausencia de una solución amistosa, cualquier desacuerdo relacionado con la formación, ejecución o rescisión de este contrato se someterá a la jurisdicción expresa del Tribunal Mercantil de Lausana en Suiza, a pesar de que existan varios demandados o procedimientos de garantía. El Tribunal Mercantil de Suiza también tendrá jurisdicción expresa y exclusiva en el caso de procedimientos urgentes, provisionales o ex parte.